Las campañas
electorales son todos los actos o actividades llevados a cabo por los
partidos políticos, coaliciones y los candidatos para la obtención
del voto;
Tratándose de
las elecciones de ayuntamientos, en todos los instrumentos
discursivos y propagandísticos relacionados con las campañas
electorales, los partidos políticos, las coaliciones y sus
candidatos, deberán hacer énfasis en la conformación colegiada
de la fórmula y del gobierno municipal.
Son actos de
campaña todos aquellos en los que candidatos, dirigentes o
representantes acreditados por los partidos políticos, se dirigen a
los electores para promover sus candidaturas y obtener el voto.
La propaganda
electoral está constituida por los elementos producidos, empleados
y difundidos durante el periodo de campañas electorales por los
partidos políticos, coaliciones y sus candidatos, con el propósito
de obtener el voto, tales como escritos, publicaciones, imágenes,
grabaciones y proyecciones, debiendo abstenerse de expresiones que
denigren a las instituciones, a los partidos o que calumnien a las
personas.
El Consejo General
del Instituto Electoral de Querétaro determinará lo procedente
para el retiro o suspensión de la propaganda que contravenga lo
anterior.
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