jueves, 31 de mayo de 2012

¿Cuál es el procedimiento para contar los votos?


El procedimiento de escrutinio y cómputo de los votos se realiza en las elecciones locales en el orden siguiente:

a) Elección de diputados;

b) Elección de Gobernador (cada 6 años); y

c) Elección de Ayuntamiento.

El escrutinio y cómputo de cada elección se realizará de conformidad con las reglas siguientes:

I. El secretario de la mesa directiva de casilla contará las boletas sobrantes y las inutilizará por medio de dos rayas diagonales con tinta y anotará el número de las que resulten, en el apartado de escrutinio y cómputo del acta;

II. Los escrutadores contarán el número de electores que aparezcan que votaron;

III. El secretario abrirá la urna, sacará las boletas depositadas por los electores y mostrará a los presentes que la urna quedó vacía;

IV. Los escrutadores agruparán las boletas extraídas de la urna por cada elección que corresponda y procederán a su conteo; y

V. El presidente, auxiliado por los escrutadores, clasificará las boletas para determinar:

a) El número de votos emitidos a favor de cada uno de los partidos políticos o candidatos.

b) El número de votos que resulten anulados.

El secretario anotará, en el apartado correspondiente, cada una de las operaciones señaladas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario